Hoy se publica en el Diario Oficial de la Unión Europea la Directiva 2007/51/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de septiembre de 2007.
Es una nueva modificación de la Directiva 76/769/CEE del Consejo, de 27 de julio de 1976, relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros que limitan la comercialización y el uso de determinadas sustancias y preparados peligrosos. Plantea la introducción de restricciones a la comercialización de dispositivos de medición destinados a la venta al público en general que contienen mercurio para evitar la entrada de esta sustancia en el flujo de residuos. Esta limitación contribuiría a reducir el impacto del mercurio (Nº CAS 7439-97-6) en el medio ambiente y la salud humana.
El mercurio no podrá comercializarse en termómetros médicos para la fiebre ni en otros dispositivos de medición destinados a la venta al público en general (manómetros, barómetros, esfigmomanómetros y termómetros no médicos). Se contemplan excepciones para antigüedades o bienes culturales, así como para barómetros.
Los Estados miembros deberán adoptar y publicar las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la Directiva 2007/51/CE a más tardar el 3 de octubre de 2008 y aplicarán dichas disposiciones a partir del 3 de abril de 2009.
3 respuestas a «Adiós al mercurio en los termómetros.»
Lo había oído pero no sabía en qué directiva estaba. Gracias por la buena información.
Gracias, espero poder seguir manteniendo tu interés.
[…] a pesar de que hace años que la Unión Europea prohibió la utilización de mercurio en termómetros para… y otros instrumentos de uso doméstico, todavía guardas en el cajón de las […]