El pasado jueves se publicó el reglamento europeo que establece disposiciones específicas aplicables a la producción agraria ecológica.
La normativa relativa a la producción agraria ecológica es el marco para un «sistema general de gestión agrícola y producción de alimentos que combina las mejores prácticas ambientales, un elevado nivel de biodiversidad, la preservación de recursos naturales, la aplicación de normas exigentes sobre bienestar animal y una producción conforme a las preferencias de determinados consumidores por productos obtenidos a partir de sustancias y procesos naturales».
Dicho sistema se establece partiendo de una premisa básica «los métodos de producción ecológicos desempeñan un papel social doble, aportando, por un lado, productos ecológicos a un mercado específico que responde a la demanda de los consumidores y, por otro, bienes públicos que contribuyen a la protección del medio ambiente, al bienestar animal y al desarrollo rural».
El reglamento es de voluntario cumplimiento para aquellos productores que quieran diferenciarse en el mercado, acogiéndose al sistema de reconocimiento que permite la utilización del logotipo comunitario de producción ecológica.
Existen otros mecanismos en el mercado para la diferenciación de alimentos (y otros productos y servicios) «saludables» o «verdes» desarrollados por los propios las marcas o los distribuidores, pero ni tienen las garantías de estar controlados por la Administración ni se apoyan en normas públicas aprobadas en un proceso legislativo.
Por todo ello «El marco jurídico comunitario que regula el sector de la producción ecológica debe tener por objetivo asegurar la competencia leal y un funcionamiento apropiado del mercado interior de productos ecológicos, así como mantener y justificar la confianza del consumidor en los productos etiquetados como ecológicos. Asimismo, debe perseguir la creación de condiciones en las que este sector pueda progresar de acuerdo con la evolución de la producción y el mercado.» «Es preciso, por tanto, definir más explícitamente los objetivos, los principios y las normas aplicables a la producción ecológica para contribuir a la transparencia y la confianza de los consumidores, así como fijar una definición armonizada del concepto de producción ecológica.»
Así pues, cuando compramos alimentos etiquetados con el símbolo de la agricultura ecológica tenemos ciertas garantías sobre el origen de lo que vamos a comer. En concreto:
- La producción vegetal se basa en la nutrición de las plantas, principalmente, con los recursos del ecosistema edáfico, permitiendo un aporte justificado, limitado y controlado de abonos y de acondicionadores del suelo. Se prohíbe la producción hidropónica.
- La utilización de plaguicidas está restringida y se establecen condiciones a la utilización de productos fitosanitarios. Se concede prioridad a la aplicación de medidas preventivas de control de las plagas, las enfermedades y las malas hierbas.
- El enfoque global de la agricultura ecológica requiere una producción ganadera vinculada con la gestión de terrenos agrícolas. El estiércol generado se destina a mantener la fertilidad de la tierra. Para evitar la contaminación del suelo y el agua causada por los nutrientes, se fijan límites a la utilización de estiércol en función de su contenido en nitrógeno.
- Se restringe el uso de organismos modificados genéticamente.
- En la producción ganadera ecológica, a la hora de elegir las razas se tiene en cuenta su capacidad de adaptación a las condiciones locales, su vitalidad y su resistencia a las enfermedades, fomentando la diversidad biológica.
- Se establecen condiciones de alojamiento específicas y los métodos de cría de determinados animales, incluidas las abejas, en función de las necesidades de cada especie en materia de ventilación, luz, espacio y comodidad, proporcionando superficies que permitan a los animales moverse libremente y desarrollar su comportamiento innato.
- En la medida en que las condiciones meteorológicas lo permitan, los animales deben tener acceso permanente a espacios al aire libre.
- El ganado ha de alimentarse de pastos, forrajes y alimentos obtenidos conforme a las normas de la agricultura ecológica, preferentemente procedentes de la propia explotación, teniendo en cuenta sus necesidades fisiológicas.
- La gestión de la salud de los animales debe centrarse en la prevención de las enfermedades. Se prohíben las mutilaciones que produzcan a los animales tensión, daños, enfermedad o sufrimiento.
7 respuestas a «Productos ecológicos en el sector vegetal y ganadero»
[…] los productos alimenticios (tienen su propio sistema de etiquetado ecológico); […]
[…] de cumplimiento voluntario, que garantizasen el correcto uso de palabras como ecológico, biológico y orgánico para evitar la publicidad engañosa. Pero todavía hay un gran número de organizaciones que […]
[…] en el que conocer las tendencias en cuanto a consumo respetuoso con el medio ambiente, desde lo formalmente ecológico a lo claramente místico (ecobola incluida), eso sí, respetando la religión de cada uno. Sin […]
[…] agricultura ecológica regulada como tal legalmente, no renuncia al uso de tratamientos y fertilizantes ni da la espalda al progreso. Más bien al […]
[…] pudiera disponer de un logotipo identificativo que garantizase transparencia en cuanto al origen y producción de esos alimentos mediante el cumplimiento de un reglamento público elaborado con todas las garantías que puede ofrecer nuestra […]
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