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Información Ambiental

EIA, música y empresas

Esta mañana Julen nos animaba la discusión con un tema sugerente: «empresas y perros no bailan tangos«. Es una más que interesante reflexión sobre la utilización de licencias Creative Commons en la empresa. Y me ha tocado (de refilón, todo sea dicho de paso) con su ejemplo:

«Uno de los ejemplos que casi siempre utilizo es el de las documentaciones relacionadas con la prevención de riesgos laborales. ¿Por qué no compartir algo tan importante con la comunidad? ¿No es acaso un objetivo de todas las partes implicadas reducir a cero el número de accidentes en el trabajo? Entonces, ¿por qué no compartir con la comunidad el saber hacer explicitado que una empresa posee en torno a esa cuestión? ¿No es un objetivo suficientemente loable como para que se abran los contenidos?»

He esbozdo una propuesta de respuesta en forma de comentario, pero no quería extenderme demasiado allí… para contar mi vida tengo este espacio. Y a eso voy. Podría hacer sangre en los sistemas integrados de gestión, pero no estoy libre de pecado. He de confesar que llevo a mano mi producto enlatado. Ya saben, por si algún día la sostenibilidad deja de pagar la hipoteca y no encuentro clientes que quieran artesanía. ¿Sigue habiendo mercado para ISO 9001 y 14001 a quilo las 100 horas de consultoría? Tampoco quiero meter el dedo en la prevención de riesgos laborales, tengo demasiado reciente la presentación del «proyecto» de la especialidad de ergonomía que me faltaba para completar ese trío que tan bien luce en cualquier currículo que se precie.

Así que me tiro por otro campo que me tiene más ocupado últimamente: los estudios de impacto ambiental. A pesar de ser una documentación destinada a la tramitación administrativa, con su periodo de información pública incluido, y que suele quedar a disposición del ciudadano que lo quiera consultar por tiempo indefinido, si le dices a alguien que vas a colgar «su» estudio de impacto ambiental en un portal web podrá el grito en el cielo. Y eso que lo dice bien clarito la normativa, tenemos respuestas para todo:

¿Propiedad intelectual? (art. 31 bis) No será necesaria autorización del autor cuando una obra se reproduzca, distribuya o comunique públicamente para el correcto desarrollo de procedimientos administrativos.

– ¿Secreto industrial o comercial? sí claro, la ley te avisa: la documentación va a información pública, por supuesto que se contempla la confidencialidad, matizada por el derecho de acceso a la información ambiental y, ya puestos, el acceso electrónico.

Estudios de evaluación de impacto ambiental licenciados con Creative Commons (¿un oxímoron?) ¿No sería la forma más adecuada de dar cumplimiento a la obligaciones establecidas en la normativa ambiental?

Habría que pulir muchos detalles, pero la respuesta general es que no interesa. Es más fácil utilizar el copia y pega sin remordimiento de conciencia. Total esto sólo sirve para pasar un trámite administrativo. Hasta ayer estábamos sin licencia ¿tú crees que ahora nos van a poner muchas pegas? Házmelo baratito que esto es un incordio para mi empresa ¿lo entiendes? no estoy aquí para cumplir estúpidas leyes de comeflores, aquí hacemos dinero, y si yo no gano tu no cobras.

Imprímelo en papel, que abulte mucho. Una encuadernación bonita, pero que sea difícil de manejar. Y si es posible con la patente de corso bien visible: que se note que viene con el peaje pagado, no sea que alguien quiera poner pegas: ¿Me van a tirar para atrás este estudio? imposible… es calcadito a cualquiera de los que tenemos aprobados en la biblioteca del colegio profesional…

Si puedes me lo separas por tomos, a ver si con un poco de suerte sepultamos al funcionario de turno en una torre de papel. Así agotamos el plazo, para que tengan que resolver deprisa y corriendo, sin leer mucho. Y lo mejor de todo, si algún insensato se plantea alegar que no tenga capacidad para consultar el estudio durante el periodo de información pública…

Dejando la ironía socarrona… ¿se imaginan cientos de estudios en un formato digital, circulando libres por la red, sirviendo como base para nuevas evaluaciones de impacto ambiental, citados unos en la bibliografía de otros? pues dejen de soñar. Porque hasta eso se nos olvida ¿de donde han salido estos datos sobre nidificación de abutarda? pues no se… Pero… ¿no se supone que los datos relativos a la localización de las especies amenazadas o a sus lugares de reproducción no se puede difundir públicamente porque afectaría negativamente a la protección del medio ambiente? Sí, mira estos puntos en el anexo cartográfico… ¿de dónde han sacado esa información?

Pues eso, que me encantaría bailar tango, pero no tenemos hecho el oído a la música y nos cuesta llevar el ritmo. ¿Si perseveramos dejaremos de darnos pisotones? No lo se, pero esa última frase de Julen me inquieta:

«Así que, parafraseando a Hamel, va a ser que hacer que las empresas utilicen licencias Creative Commons es como esperar que un perro baile un tango. A otra cosa, mariposa. Yo me voy de aquí.»

En cualquier caso ya seguimos desbrozando lo de los estudios de impacto ambiental otro día, después de reposarlo un poco, que se me ha hecho mañana y la bici me espera dentro de un par de horas.

2 respuestas a «EIA, música y empresas»

Julen, sabes que no es culpa de la forma de licenciar contenidos.

El modelo de negocio nació en el garete, al calor del pelotazo y rodeado de la burbuja.

¿Por qué no evitamos que lo rescaten?

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