Se está elaborando el Informe Nacional de Cumplimiento del Convenio “de Aarhus” sobre el acceso a la información, la participación del público en la toma de decisiones y el acceso a la justicia en materia de medio ambiente:
“A fin de contribuir a proteger el derecho de cada persona, de las generaciones presentes y futuras, a vivir en un medio ambiente que permita garantizar su salud y su bienestar, cada Parte garantizará los derechos de acceso a la información sobre el medio ambiente, la participación del público en la toma de decisiones y el acceso a la justicia en asuntos ambientales de conformidad con las disposiciones de la presente Convención.”
En plenas vacaciones estivales se realizó una primera etapa, cuyo resultado, tal y como se recoge en el borrador, indica que:
“…la participación directa de los ciudadanos en general y de las asociaciones y ONG ha sido limitada en esta primera consulta.”
El borrador resultante de la consulta veraniega, incluyendo la píldora citada, se somete a consulta pública para que se puedan formular las observaciones y comentarios que se estimen oportunos en relación con la forma en la que han cumplido el Convenio las Administraciones públicas afectadas.
Podemos hacer dos lecturas (o más) de la frase. Una sobre lo contento que está todo el mundo sobre la forma en la que se está dando cumplimiento al Convenio de Aarhus. Otra, un poco menos rosa, sería atribuir parte de la “limitada” participación en este proceso se debe al escaso conocimiento que los ciudadanos tenemos del citado Convenio y sus implicaciones.
El profesional de la información ambiental que llevo dentro se siente un poco culpable y le surgen algunas dudas que le parecen razonables. ¿Por qué una consulta sobre el cumplimiento de aquel objetivo tan utópico genera una “participación limitada” por parte de los ciudadanos, sus asociaciones y las ONG? ¿Es necesario revisar los procesos de participación pública? ¿Es accesible a los ciudadanos la información ambiental disponible en Internet? ¿Realmente están garantizados los derechos de acceso a la información, la participación en la toma de decisiones y el acceso a la justicia en materia de medio ambiente?
Si tienes interés en participar ya sabes:
“El plazo para presentar alegaciones u observaciones será de un mes y medio a partir de la fecha de publicación del citado borrador, concluyendo el día 26 enero de 2009, y habrán de enviarse a la dirección de correo electrónico que se indica a continuación: buzon-aarhus@mma.es”
Si estás en la creencia de que esto del acceso a la información y la participación en materia de medio ambiente ni te va ni te viene, te recomendaría dos interesantes lecturas sobre el Convenio de Aarhus y su aplicación práctica son las guías elaboradas por el Gobierno Vasco derecho a conocer y derecho a participar. También está bien la Guía sobre el Acceso a la Justicia Ambiental.
3 respuestas a «Participación Informe Cumplimiento Convenio Aarhus»
[…] los ciudadanos se canalice a través de alegaciones contra medidas propuestas sin contar con ellos? Justificar una baja participación es bastante fácil. O implica menos riesgos que exponernos a comprobar que nuestros planes y programas sean […]
[…] que a reutilización de la información se refiere. La casuística es de lo más variado y va desde informes generados por el propio funcionamiento de la Administración hasta los estudios que la iniciativa privada presenta en procesos de evaluación ambiental para la […]
[…] – La Ley 27/2006 regula el acceso a la información, pero también la participación pública en materia de medio ambiente, por lo que un estudio en este sentido debería contemplar las herramientas de participación que, en su caso, se estuviesen incorporando en los portales institucionales. En este sentido habría que comprobar si esa participación es real y efectiva o sólo para cubrir el expediente. […]