Últimamente estoy encontrando en la red algunas cosas bastante inquietantes en relación a la interpretación de determinadas disposiciones legales. Es bien cierto que la legislación ambiental es profusa, difusa y confusa. Pero cuando se remueve el río para pescar, el resultado en especies sensibles a los sólidos en suspensión puede ser nefasto. Es decir, últimamente se leen artículos sobre la aplicación de normas de medio ambiente que sólo se justifican en una estrategia de hacer ruido para conseguir visitas, y potenciales clientes. Pero que pueden llevar a interpretaciones equivocadas y al incumplimiento de requisitos legales.
Estamos en pleno proceso de cambio en la forma de legislar: de la autorización administrativa estamos pasando a la declaración responsable. Para mal o para peor, pasamos de la supervisión de la Administración a que el promotor de una actividad asuma toda la responsabilidad sobre la misma. Es decir, no hay personal suficiente para revisar tus propuestas: pues te dejamos que las realices por tu cuenta y riesgo. Si no pasa nada todos contentos. Pero como pase algo ya no hablamos de una multita. Responsabilidad ilimitada: sufragar el total de los costes a los que asciendan las acciones preventivas o reparadoras que permitan restaurar la situación original (lo que puede venir siendo un riñón, los dos ojos y un pulmón, según el caso).
Bajo titulares virales que siembran dudas o directamente aseguran que ya no hay que cumplir tal o cual requisito, se esconde la necesidad de seguir haciendo lo mismo o más cosas de las que había que hacer antes, pero sin obligación expresa de dar cuenta de ello a la Administración. Puede que una comunidad autónoma declare que ya no quiere saber nada sobre esa memoria anual que solía presentarse en el primer trimestre del año. Pero si la nueva ley dice que tienes que elaborar y conservar no se cuantos documentos en relación a la gestión que haces de tus residuos… más te vale contemplarlo en tu gestión, no sea que algún día tengas que dar cuenta de que lo has estado haciendo bien y demostrar que el fatídico accidente ha sido algo circunstancial e inevitable.
De las inspecciones no hablamos. Quizá, en la medida en que se liberen recursos en la tramitación de expedientes y recepción de informes anuales, se pueda ir configurando un cuerpo con un número suficiente de agentes como para que la labor de supervisión de la Administración se lleve a cabo de manera efectiva. Mientras tanto, puedes seguir haciendo lo que te dé la gana (a ti o a ese consultor que has contratado por su habilidad para decirte lo que quieres escuchar en cada momento), porque es más probable que te toque el euromillones que recibir una inspección ambiental.
Mi consejo: asume la responsabilidad. Porque las leyes siguen siendo obligatorias. Y porque va a quedar muy feo si algún día tienes que cerrar, por incurrir en un supuesto de daño ambiental que no puedas costear, esa marca que has posicionado como responsable, sostenible o a saber qué otras cualidades que te hacen triunfar con ella en el mercado.
2 respuestas a «No cumplas la legislación ambiental y verás qué bien te va.»
Enhorabuena por tan sensato consejo.
Por desgracia este es un país de pícaros y la mayoría sólo aprende a palos.
Cuando, sin embargo, lo mejor es hacer bien las cosas desde el principio y prevenir para evitar incidentes ambientales. Siempre sale mejor y más barato.
Muchas gracias por tus palabras José Luis,
Ciertamente se podrían ahorrar muchos disgustos con una buena prevención y gestión del riesgo.
Creo que con el marco legal que se está configurando puede haber palos muy gordos, veremos si se va aprendiendo algo.