Regulan nuestras relaciones con la Administración, nuestros derechos o garantías como consumidores y, a pesar de que el desconocimiento no exime de su cumplimiento, en términos generales y salvo que nos hubiésemos tropezado previamente con ellas, las leyes suelen ser grandes desconocidas. El ámbito ambiental, desconocido por sí mismo, no es una excepción. Algo paradójico si pensamos que la mayor parte de las leyes de medio ambiente sirven para regular materias de interés general en las que la participación del público para cumplir el objetivo de protección ambiental es estratégico.
No digo que deban enseñarse en el colegio (especialmente en un país en el que cualquiera puede salir del instituto y ponerse a trabajar sin conocer la legislación que afecta a sus relaciones laborales con la empresa que le contrata), pero sí que deberíamos saber que existen y aplicarlas, que algunas se nos están oxidando de no utilizarlas.
- Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente: regula algo tan interesante como que cualquiera, sin necesidad de acreditar un interés concreto, puede acceder a la información sobre el estado y la evolución del medio ambiente en poder de la Administración: desde los datos de contaminación o reciclaje de residuos a los análisis y supuestos de carácter económico que justifican la aprobación de otras leyes ambientales. También establece que todos tenemos derecho a participar en los procesos de toma de decisiones en materia de medio ambiente y que la Administración nos tiene que tener en cuenta en la elaboración de planes, programas y disposiciones de carácter general relacionados con el medio ambiente.
Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados(actualizada y derogada por la) Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular: en la que se dice, entre otras muchas cosas, que estamos obligados a entregar nuestros residuos domésticos para su tratamiento en los términos que establezcan las en ordenanzas a las Entidades Locales, a las que, a su vez, obliga a la recogida, el transporte y el tratamiento de los residuos domésticos generados en los hogares. El texto de 2022 prohíbe determinados productos de plástico de un solo uso y limita la presencia de bisfenol A y ftalatos en contacto con alimentos. También incluye la opción de utilizar tus propios recipientes reutilizables cuando acudes a hacer la compra de productos frescos y a granel, entre otras medidas de prevención de residuos.- Ley 11/1997, de 24 de abril, de Envases y Residuos de Envases: esta es la que regula el contenedor amarillo y las alternativas para la gestión de residuos de envases. Actualmente tiene carácter reglamentario, quedando supeditada al marco establecido por la Ley 22/2011.
- Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido: aquí se trata la contaminación acústica, pero para el ruido en los lugares de trabajo o las molestias entre vecinos nos envía directamente a la legislación de prevención de riesgos laborales o lo que digan las ordenanzas municipales.
- Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental: dice que el proyecto y el estudio de impacto ambiental se someterá a información pública durante un plazo no inferior a treinta días en una fase del procedimiento sustantivo de autorización del proyecto en la que estén abiertas todas las opciones relativas a la determinación del contenido, la extensión y la definición del proyecto. Es decir, que los ciudadanos tenemos voz en el proceso de aprobación de proyectos que afectan al medio ambiente.
- Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación (derogó la anterior Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación): esta sólo afecta a grandes empresas con gran riesgo de contaminación, pero establece igualmente que se consulte a los ciudadanos antes de autorizar su funcionamiento. Además, de algún modo, se relaciona con el PRTR, y eso pone a nuestro alcance mucha información sobre las emisiones industriales. Si te interesa por aquí la tengo contada en una presentación.
- Ley de aguas: entre el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas y su desarrollo normativo encontramos todo lo que tiene que ver con el agua. En este ámbito más general encontramos la regulación del Dominio Público Hidráulico, que nos dice lo que podemos y no hacer con este preciado recurso compartido por todos. En este mismo capítulo destacaría la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas y la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, con sus respectivas regulaciones de usos de los medios a los que se refieren.
- Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad: entre otras cuestiones, esta ley considera que «el patrimonio natural y la biodiversidad desempeñan una función social relevante por su estrecha vinculación con el desarrollo, la salud y el bienestar de las personas y por su aportación al desarrollo social y económico». Sobre esas premisas recopila las distintas figuras de protección que interesa conocer para hablar con propiedad, entre otras cosas, de los distintos tipos de espacios naturales protegidos.
- Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera:define los niveles de contaminación atmosférica, objetivos de calidad del aire, umbrales de información y alerta… todos esos parámetros que se están poniendo de moda ahora que empezamos a ser conscientes de que una atmósfera contaminada es una amenaza seria para nuestra salud.
- Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental: Afecta a cualquier actividad económica que cause un daño al medio ambiente y establece que cualquiera puede solicitar a la Administración pública la información de la que disponga sobre los daños medioambientales y sobre las medidas de prevención, de evitación o de reparación de tales daños.
Espero haber despertado tu interés con esta breve y rápida presentación. No son las únicas leyes de medio ambiente, pero sí me parecen destacables, al menos por su papel en lo que se refiere a los derechos y obligaciones de las personas en relación al medio ambiente y, especialmente, en cuanto a participación y acceso a la información ambiental.
¿Incluirías alguna más en el listado? ¿te gustaría que escribiese sobre alguna que te genera especial curiosidad?
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16 respuestas a «10 leyes de medio ambiente que cualquiera debería conocer»
Muy interesante el resumen, sin entrar en aburridas especificacuones. Añadiría a la parte de aguas el Real Decreto de vertidos de 2007.
Un saludo.
una cosa, en el powerpoint de AAI, en cuanto al PRTR, has indicado que respecto a las transferencias de residuos fuera del emplazamiento hay unos umbrales de información por toneladas. Estó se modificó y se eliminó, no hay umbral.
Gracias Luis, ciertamente es una referencia interesante que podría haber añadido en el párrafo de aguas.
Gracias por tu comentario Desmond, efectivamente, la obligación de comunicar transferencias de residuos se aplica actualmente sin una cantidad mínima, los umbrales han quedado como cantidades a partir de las cuales los datos son información pública.
[…] muestra de ese desarrollo legislativo te invito a leer un poco más sobre 10 leyes de medio ambiente que cualquiera debería conocer y, si te interesa profundizar en la materia, los códigos de legislación ambiental del BOE […]
Osea que es muy importante
Respetarlas a las 10
??
Brandon, las leyes son obligatorias e incluyen sanciones. Hay que respetarlas todas.
Y conseguir que los gobiernos hagan leyes adecuadas para proteger el medio ambiente, la salud de las personas y la conservación de los ecosistemas naturales.
Saludos.
Es muy interesante el tema me agrada mucho lo que yo buscaba para una exposicion sobre el tema de las leyes del ambiente
Gracias por tu visita y comentario Milena, me alegra que te resultase interesante.
Yo vivo en Tula de Allende, Hidalgo, nuestro río está muy contaminado, se considera que mi ciudad es de las mas contaminadas, y estan haciendo actualmente el entubamiento del rio y lo van a pabimentar y al parecer van echar para aca los residuos de la ciudad de mexico o algo haci escuche, empezaron a talar muchos arboles y yo no quiero que sigan con esto y no nos han dado explicación del porque hacen esto y tampoco nos pidieron opinion sobre este proyecto y la verdad es injusto, si ya esta muy contaminada mi ciudad y ya han talado muchos arboles, yo estoy muy desinformada en este tema. Y yo quiero hacer algo al respecto no puedo ver como contaminan mas y mas y no hacer nada. Me podrias dar algun consejo o algo para poder empezar hacer algo.
Es una cuestión compleja Melina.
En estas situaciones debería buscarse la intervención de la autoridad ambiental competente, dejando constancia documentada en la forma en la que esa autoridad tenga establecido que debe intervenir. Una denuncia formal ante la Administración debería ser el paso a dar.
También puedes documentar la situación y tratar de que medios de comunicación recojan el problema, creando conciencia social y movilización que hagan que los responsables tomen medidas para evitar el impacto.
Saludos,
Alberto.
podian poner algo que entiendan los niños?
Lo apunto como idea para escribir próximamente.
Un buen resumen condensatorio de lo importante. Gracias, porque me sirve esta información para mi trabajo.
Gracias, me alegra que sea útil.
disculpa, muy buen el articulo, pero las leyes de que pais son, es que las necesito para mi marco legal, me sirviria mucho tu respuesta , graciass
Las leyes que se comentan en este artículo son de España.