Alguna vez te has preguntado ¿por qué ponen tantos envases y embalajes en los productos que compras? Llegas a casa después de hacer la compra en el supermercado, te pones a colocarla en tus armarios y te juntas con un montón de precintos, cajas… todo un surtido de materiales, fundamentalmente plásticos de colores, que ya no sirven para nada y que tienes que tirar. Y eso que todavía no has empezado a gastar la pasta de dientes, no has sacado el atún de sus latas, ni te has bebido los refrescos que has puesto en la nevera.
Los envases cumplen dos funciones:
- proteger y facilitar el traslado de lo que va dentro.
- llamar tu atención para que tu dinero circule a la cuenta de resultados de una empresa.
Normalmente, como consumidor no tienes capacidad para decidir cómo van envasados los productos hasta la estantería del supermercado. En determinadas circunstancias puedes optar por formas de consumo libres de envases, como acudir tiendas que venden productos a granel, practicar un consumo de proximidad, más local y sostenible… Pero cuando la agenda no lo permite, no queda otra que ir a lo fácil y rápido: cargar el maletero con lo que sea que encuentres en las estanterías de un centro comercial.
En este escenario de consumo… ¿Quién es el responsable del impacto de los residuos? ¿El consumidor que no tiene alternativas reales para evitar los envases de usar y tirar? ¿el ciudadano que sufre un modelo de gestión de residuos basado en el contenedor amarillo? ¿la Administración que tiene que recoger la basura (depositada cívicamente en lugares adecuados o desparramada por parques, jardines, cunetas, playas…)? ¿El establecimiento que nos ofrece los productos envasados en cantidades, materiales y colores a gusto del fabricante? ¿Quizá el propio fabricante que decide cómo envasa los productos que pone en el mercado?
La responsabilidad ampliada del productor (o responsabilidad extendida del productor) es una propuesta interesante para reducir la contaminación y la generación de residuos. Busca trasladar a los fabricantes la responsabilidad sobre los productos que ponen en el mercado. Para ello propone que tengan que asumir la gestión de los residuos que generan. Muy básicamente, es una forma de implicar a la cadena productiva en los impactos que causan los productos que salen de las fábricas.
Es decir, si el fabricante decide poner sus productos en coloridos envases de plástico debe asumir el coste de recoger esos envases y darles un tratamiento adecuado para que no sean las administraciones, los ciudadanos que no consumen ese producto, ni el medio natural quienes sufran las consecuencias negativas de la decisión comercial.
También se aplica en otros ámbitos en la misma línea: si se ponen en el mercado productos poco duraderos o difíciles de recuperar para su valorización ¿no es justo que el fabricante asuma el impacto que genera en el planeta? ¿Qué pasa si no investiga el uso de sustancias menos tóxicas para la fabricación de los productos que pone en el mercado?
En España esta responsabilidad ampliada del productor se establece en la legislación sobre residuos. En concreto en el Título cuarto «Responsabilidad ampliada del productor del producto», de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
En esta norma se concreta que productor del producto es la persona física o jurídica, que de forma profesional desarrolle, fabrique, procese, trate, venda o importe productos. Y que en aplicación de la responsabilidad ampliada y con la finalidad de promover la prevención y de mejorar la reutilización, el reciclado y la valorización de residuos, los productores de productos que con el uso se convierten en residuos podrán ser obligados a:
- Diseñar productos de manera que a lo largo de todo su ciclo de vida se reduzca su impacto ambiental y la generación de residuos, tanto en su fabricación como en su uso posterior, y de manera que se asegure que la valorización y eliminación de los productos que se han convertido en residuos se desarrolle de conformidad con lo establecido en la legislación.
- Desarrollar, producir, etiquetar y comercializar productos aptos para usos múltiples, duraderos técnicamente y que, tras haberse convertido en residuos, sea fácil y clara su separación y puedan ser preparados para su reutilización o reciclado de una forma adecuada y sin riesgos y a una valorización y eliminación compatible con el medio ambiente.
- Aceptar la devolución de productos reutilizables, la entrega de los residuos generados tras el uso del producto; a asumir la subsiguiente gestión de los residuos y la responsabilidad financiera de estas actividades, ofrecer información a las instalaciones de preparación para la reutilización sobre reparación y desguace, así como información accesible al público sobre en qué medida el producto es reutilizable y reciclable.
- Establecer sistemas de depósito que garanticen la devolución de las cantidades depositadas y el retorno del producto para su reutilización o del residuo para su tratamiento en los casos de residuos de difícil valorización o eliminación, de residuos cuyas características de peligrosidad determinen la necesidad del establecimiento de este sistema para garantizar su correcta gestión, o cuando no se cumplan los objetivos de gestión fijados en la normativa vigente.
- Responsabilizarse total o parcialmente de la organización de la gestión de los residuos, pudiendo establecerse que los distribuidores de dicho producto compartan esta responsabilidad.
- Utilizar materiales procedentes de residuos en la fabricación de productos.
- Proporcionar información sobre la puesta en el mercado de productos que con el uso se convierten en residuos y sobre la gestión de estos, así como realizar análisis económicos o auditorías.
- Informar sobre la repercusión económica en el producto del cumplimiento de las obligaciones derivadas de la responsabilidad ampliada.
El problema, como ocurre con una parte importante de la normativa ambiental es que, según como interpretemos la ley, estas obligaciones quedan supeditadas a desarrollo normativo. Así la propia Ley de residuos dice que El establecimiento de estas medidas se llevará a cabo mediante real decreto aprobado por el Consejo de Ministros, teniendo en cuenta su viabilidad técnica y económica, el conjunto de impactos ambientales y sobre la salud humana, y respetando la necesidad de garantizar el correcto funcionamiento del mercado interior.
Este principio de responsabilidad ampliada del productor sí se ha desarrollado para distintos tipos y flujos de residuos. En concreto por las siguientes normas y sus modificaciones:
- Envases:
Ley 11/1997, de 24 de abril, de Envases y Residuos de Envases y el Real Decreto 782/1998, de 30 de abril, por el que se aprueba el Reglamento para el desarrollo y ejecución de la Ley 11/1997, de 24 de abril, de Envases y Residuos de EnvasesReal Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, de envases y residuos de envases. - Neumáticos: Real Decreto 1619/2005, de 30 de diciembre, sobre la gestión de neumáticos fuera de uso.
- Aceites industriales: Real Decreto 679/2006, de 2 de junio, por el que se regula la gestión de los aceites industriales usados.
- Pilas y acumuladores: Real Decreto 106/2008, de 1 de febrero, sobre pilas y acumuladores y la gestión ambiental de sus residuos.
- Aparatos eléctricos y electrónicos: Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos.
Está en discusión la generalización de los sistemas de responsabilidad ampliada del productor, en particular en flujos de residuos tales como los residuos procedentes de los productos de la industria textil y los restos de alimentos. En este último caso tanto para reducir el desperdicio alimentario, como por su importancia en el total de los residuos urbanos, ya que suponen alrededor del 40% en peso de nuestra basura doméstica.
La importancia de este principio de responsabilidad ampliada del productor y las normas que lo regulan es que determinan las obligaciones de todas las partes implicadas en la gestión de residuos y la distribución de los costes de esa gestión. Así, llevan el «quien contamina paga» hasta el origen, buscando internalizar los costes del impacto de los productos desechables, de escasa durabilidad o con residuos de difícil tratamiento en quienes tienen capacidad para prevenirlos: los fabricantes.
Conocer estas normas, su desarrollo y grado de aplicación es clave para que los ciudadanos responsables y comprometidos con el medio ambiente participemos correctamente en la prevención, valorización, reutilización y reciclaje de nuestros residuos.
16 respuestas a «Responsabilidad ampliada del productor, eso… ¿qué es?»
Bastante interesante y sobretodo muy directo con el tema de la normatividad, lo mas importante es aplicar las normar y reciclar
Hola Alberto,
Muy buen post muchas gracias! Creo que, de forma general entre los consumidores, se conoce muy poco acerca de la Responsabilidad ampliada al productor. Me gustaría si es posible, saber tu opinión al respecto. ¿Crees que se cumple y esta siendo eficiente?
Gracias y un saludo!
Gracias Mireya,
Efectivamente, creo que falta mucha información al respecto y es clave para que los consumidores entiendan cual es su papel en los procesos de recuperación y reciclaje de residuos. De lo contrario estamos en las manos de las marcas, sus intereses y sus campañas de propaganda.
Y no, no creo que se esté aplicando adecuadamente, falta mucho por avanzar, está en manos de quienes ponen en el mercado productos que con su uso se convierten en residuos asumir su responsabilidad y mejorar la situación.
Saludos,
Alberto
Muchas gracias Alberto!
Si en mi opinión, estamos además totalmente desprotegidos cuando como consumidores no podemos acudir a ningún ente regulador para pedir explicaciones, respuestas o iniciar acciones.
Ya lo de intentar como ciudadan@ proactivo ponerte en contacto con la industria o marca para proponer alguna iniciativa en pro del bienestar común ya es de apaga y vámonos… Es totalmente utópico, una pena la verdad…
Un saludo Alberto y gracias de nuevo!
[…] ahí que sean importante desarrollar todo lo relativo a la Responsabilidad Ampliada del Productor, asegurándose los organismos implicados que las compañías productoras cubran los costes de […]
[…] sobre los residuos de los productos que comercializan se han organizado en sistemas colectivos de responsabilidad ampliada del productor (SCRAP). Con forma de asociación o fundación sin ánimo de lucro las empresas se coordinan para […]
Hola Alberto,
Muchas gracias por este post! Estoy realizando mi TFG sobre la gestión de residuos textiles y estaba informandome sobre la Responsabilidad Ampliada del Productor cuando llegué aquí.
Está que los SCRAPs son una manera fácil y rápida de asumir su responsabilidad pero sin profundizar en la raíz del problema ya son los mismos productores los que determinan lo que tiene que pagar cada uno sin tener en cuenta el impacto ambiental del producto (En ecoembes pagan en función de los kg de diferentes tipos de material y las tn puestas en el mercado). En cambio, si se les exigiera pagar más si el envase es difícil de recuperar a lo mejor se lo pensarían 2 veces a la hora de sacar ese envase… Pero creo que eso es difícil mientras sigan siendo las propias empresas las que controlen la gestión de los residuos. ¿Cuál crees que sería la mejor forma de hacer cumplir la RAP? ¿Si los gobiernos se encargaran de la gestión de los residuos y los productores únicamente financiaran?
Para los residuos textiles únicamente en Francia se aplica una RAP, mediante la entidad EcoTLC y vendría a ser una especie de Ecombes, todavía les queda mucho por hacer para gestionar mejor estos residuos.
Un saludo,
Bea
Gracias Bea,
El problema reside en lo que expresas. El sistema de responsabilidad ambiental tiene que trasladar los costes de residuo a quien pone el producto en el mercado, para incentivar una mejor gestión desde el diseño. En el modelo de los contenedores de colores pasa lo que planteas: se trasladan costes a los ayuntamientos y responsabilidades a los consumidores, con lo que, como podemos ver después de 20 años de funcionamiento en España, el resultado no es el previsto por la legislación. Ni siquiera tenemos contenedores suficientes para recoger todos los residuos de envases que se generan.
La mejor forma es que el producto convertido en residuo se entregue de vuelta en el establecimiento que se comercializa. Si se recoge uno a uno se puede controlar que efectivamente se están recuperando un % concreto de residuos. Y si se mantienen el en circuito de distribución, con sistemas de logística inversa, se evita que los costes acaben en el lado de la Administración y los consumidores.
Para que funcionase un sistema totalmente en manos de la Administración habría que dimensionar muy bien el coste que se traslada a los sistemas colectivos de responsabilidad ampliada del productor, quizá habría incentivos perversos que dificultarían su correcta aplicación (puertas giratorias, comisiones…), pero sí mejoraría algunos aspectos. En cualquier caso es una responsabilidad privada de quienes ponen productos en el mercado, con lo que no tendría mucho sentido asumirlo mediante un sistema público, igual que no tiene regalar espacio de las calles a los contenedores de colores.
Aquí Ecoembes ha propuesto Ecotextil, es difícil que prospere, a pesar de que van de la mano de algunos políticos que han hecho planes autonómicos de gestión de residuos a la medida de este chiringuito, porque parece que el sector no está por la labor a la vista de lo que pasa en el sector de envases.
[…] lo que también reduce el coste de transporte. Al problema de los residuos, que podemos resolver legislando la responsabilidad de quien pone en el mercado productos que con su uso se convierten en …, se unen otros que van desde el cierre de pequeños comercios en favor de grandes superficies […]
[…] con las propuestas, cabe recordar que Ecoembes es el sistema integrado de gestión de residuos de envases ligeros. Su responsabilidad es recuperar los envases puestos en el mercado por las […]
[…] es que todo esto tiene solución. Y es fácil. Basta con aplicar adecuadamente el principio de responsabilidad ampliada del productor: ¿pones en el mercado productos que con su uso se convierten en residuos? Incorpora en tu modelo […]
[…] incorporaba los Sistemas de Depósito, Devolución y Retorno (SDDR) como forma de aplicar la responsabilidad ampliada del productor –un principio que obliga a quien pone en el mercado un producto (cualquier producto) que con su […]
[…] esa situación surge el principio de responsabilidad ampliada del productor. Trata de involucrar a los distintos agentes de la cadena de valor de un producto en la […]
[…] serían los sistemas de responsabilidad ampliada del productor. Podemos resumirlo en “Ecoembes” y los accionistas de la S.A., pero incluye el conjunto de las […]
[…] y electrónicos (RAEE), los vaper desechables están sujetos a la legislación que regula la responsabilidad ampliada del productor en este ámbito. En particular el Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, sobre residuos de […]
[…] Durante el programa se abordaron cuestiones como la financiación de los servicios municipales de recogida de residuos, los costes del tratamiento, o la responsabilidad ampliada del productor. […]