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Gestión de residuos Legislación y normalización

Madrid abre el contenedor amarillo.

En líneas generales los recientes desarrollos normativos en materia de gestión de residuos son la evidencia del poder de quienes causan el problema para mantener sus insostenibles modelos de negocio. Medidas que fácilmente se vuelven en contra de los principios que las inspiran, costes que se repercuten a los eslabones más débiles del sistema, avances tan tímidos que dan vergüenza ajena… Como en muchos otros ámbitos ambientales, las últimas normas consagran un modelo retardista que aplaza la implantación de soluciones conocidas a problemas cada vez más acuciantes.

Pero en medio todo ese entramado legislativo aparecen pequeños rayos de luz y esperanza. Uno de ellos atraviesa el texto de la Ordenanza 12/2022, de 20 de diciembre, de Limpieza de los Espacios Públicos, Gestión de Residuos y Economía Circular del Ayuntamiento de Madrid. Asoma por el Capítulo III “Recipientes para el depósito de residuos”. Allí, en el Artículo 37, dedicado a las clases de recipientes podemos leer:

“2. Los recipientes señalados en el apartado anterior quedarán identificados en base al tipo de residuos que recepcionen separadamente de la siguiente forma:

a) Color amarillo para el caso de la fracción plásticos, metales y brik.”

Sí. Tal cual: el amarillo para plásticos, metales y brik. No es una alucinación. Lo pone. Literal. Y la cosa sigue por el Capítulo IV, que aborda la separación, depósito y recogida de los residuos generales. El Artículo 48 reza:

“Los residuos de plástico o metal y brik se depositarán en el interior de los recipientes que disponga el Ayuntamiento en cada momento para la recogida de esta fracción, tanto contenedores en espacio público como en cubos asignados a productores de este residuo.

Los residuos de plástico, metal y brik, salvo aquellos que sean voluminosos, deberán depositarse dentro de los recipientes siempre que sea posible introducirlos a través de sus bocas sin colapsar su capacidad.”

No sé cómo se te quedará el cuerpo, pero yo, después de leer esto no puedo contener la lagrimilla que me corre por la mejilla ¡Qué emoción! Por supuesto obviaremos la disposición adicional quinta y nos quedaremos disfrutando la alegría del momento.

¿Qué implica esto? Pues que 15 años después de la publicación de la Directiva 2008/98/CE sobre los residuos las personas que vivimos en Madrid podemos entregar los residuos tal y como se recoge en esta norma que establecía la recogida separada de materiales. Por fin se empieza a dar cumplimiento en la capital al requisito europeo casi 10 años después de su entrada en vigor. Y nos acercamos un poco al modelo húmedo – seco que con tanto éxito funciona en ciudades como Córdoba. En breve nos sobrará un contenedor y estaremos en una recogida con cuatro contenedores, pero nos habremos librado de la hipoteca del viejo contenedor amarillo.

Lo que toca ahora es reparar el daño de toda la propaganda de Ecoembes y corregir 20 años de campañas diciéndonos que se tira y qué no al contenedor amarillo. Va a ser un trabajo arduo de revisión y actualización: desde libros de texto a imanes en las neveras de cada casa, folletos, anuncios de televisión, programas de educación ambiental… pero merecerá la pena poder explicar al personal que puede tirar todos los plásticos y metales juntos en el mismo contenedor y no tener que andar explicando que Ecoembalajes España S.A. impone a los ayuntamientos sus intereses económicos.

Ojalá (FEMP mediante) muchos ayuntamientos sigan el ejemplo de Madrid, pongan la recogida municipal de residuos al servicio del interés público y dejen de regalar 1700 millones de euros al año a las empresas que ponen en el mercado envases de usar y tirar.

Por mi parte me quedo muy tranquilo de saber que la forma en la que separo los residuos domésticos pasa a ser la norma y que ya no me van a poder sancionar por ello. También tendré que actualizar unas cuantas entradas del blog, pero lo haré con la satisfacción de que el tiempo (una década clamando en el desierto) me ha dado la razón.

Queda por ver, a medio y largo plazo, cómo se relaciona este nuevo modelo de recogida con las estadísticas municipales, los sistemas de responsabilidad ampliada del productor y las nuevas tasas de basuras que están por venir. Pero si se hiciese medianamente bien tanto el reciclaje como las cuentas municipales deberían salir ganando. Y eso debería repercutir en pagar menos impuestos. Lo iremos viendo.

15 respuestas a «Madrid abre el contenedor amarillo.»

Por tanto, entiendo que a partir de ahora en el amarillo pueden ir metales y plásticos NO ENVASES. ¿O me equivoco? Si dices que es similar al sistema húmedo-seco de Córdoba, sería así a partir de la entrada en vigor de la nueva normativa.

Siempre he tenido claro que no había una correcta gestión de los plásticos y metales no envases en la ciudad de Madrid (y en su comuidad autónoma en general). Estoy muy harto de que en mi trabajo la gente no separe los residuos o que si lo hacen, lo hagan fatal.

A ver si empezamos a ir espabilado con este asunto (y con muchos otros, como el de lo que se deposita en los contenedores de materia orgánica)

Hola Alberto.
Como buen separador de residuos domesticos que me considero, y en relación a lo que pregunta Eduardo. ¿El cambio ya se ha hecho efectivo? ¿O requiere de alguna norma adicional que aún está por redactarse o presentarse?
Y luego otra pregunta. ¿Como afecta esto a la realidad actual relativa a la gestión de los residuos? Estará el personal y la logistica ya preparada o avisada de este cambio tan sustancial? Porque los usuarios podremos actualizarnos a esta nueva situación, pero si la infraestructura no lo esta…, no valdrá de nada, no?

Realmente la ordenanza tiene una disposición adicional quinta que daba un plazo de 12 meses, a punto de cumplirse, y ponía algunas salvedades.
Dicho esto, la recogida separada de materiales viene de una directiva de 2008 y empapa la redacción de la ley estatal.
El personal y la logística no necesitan más,ni los camiones ni las plantas de clasificación preguntan a los residuos si son o no envases y están diseñados para recuperar materiales.
La anomalía consistía en dejar que el contenedor amarillo estuviese secuestrado a los intereses del envase de usar y tirar hipotecando todo el sistema de gestión de residuos.

Muchas gracias por la aclaración.

Tocará avisar a toda mi circulo cercano de que ahora al contenedor amarillo podrán echar residuos plásticos y metálicos aunque no sean envases.

Un saludo.

Hola Alvizlo, aunque comento por primera vez, sigo con interés tus post, por eso de hacer la separación a conciencia y no ser víctima del greenwashing. Por si no lo he hecho correctamente siempre echo en el amarillo latas de conserva, briks y todo plástico que se me cruce, reutilizando bolsas de productos envasados, evitando el abuso de la típica bolsa de residuos. Un saludo.

Gracias por tu comentario Patricia,

Con la revisión de la ordenanza el amarillo pasa a ser un contenedor para materiales: todos los plásticos y metales (sean o no envases) van aquí. También los briks, que no dejan de ser una mezcla de metal, plásticos y cartón.

Saludos.

Yo también soy de los que lo hace mal y echo plásticos y metales al amarillo, aunque no sean envases ?. La cosa es separar residuos, no hacerle el juego a Ecoembes. Como vivo en Asturias, ese cambio de normativa en Madrid no me afecta, así que creo que sigo siendo una ilegal ?.

Un abrazo.

Mal, mal… te ampara la normativa europea. Espero que en breve el ejemplo cunda y el amarillo se convierta en el contenedor de materiales que siempre debería haber sido.

Gracias por tu visita y comentario Laura.

Gracias por la información.
Tengo que decir que me resisto a hacer el trabajo a «otros»: separar y seleccionar lo cobran por anticipado, en la venta del envase (corregidme si estoy equivocado, pero creo haber leído eso en alguno de tus artículos). Si parte de esas fabulosas cifras, que se destinan a empresas supuéstamente, gestoras del reciclado, retornase al ciudadano que realiza el retorno y la selección de los envases, doy por seguro que la selección y reciclado funcionaría bastante mejor.
Una mínima cantidad por cada envase bien retornado, crearía un interés en colaborar.

Hay varias cuestiones:

– Por un lado aclarar que cobran por gestionar el residuo de envase, pero que sin un sistema adecuado de recogida es inviable hacer una gestión adecuada. Por eso se implantaron las recogidas selectivas de envases y actualmente hablamos de recogida separada de residuos.
– Como usuarios finales del producto convertido en residuo tenemos la obligación legal de depositarlo en el sistema de recogida implantado en el lugar en el que generamos residuos tal y como se nos requiera para hacerlo.

Es decir: mí trabajo es entregar los residuos correctamente separados. Otros tienen el trabajo de gestionar adecuadamente los residuos que yo entrego separados.

– Efectivamente, con un sistema de depósito, devolución y retorno se genera un incentivo que mejoraría significativamente la participación en el sistema de recogida y, consecuentemente, tanto la recuperación de residuos, como las cifras de material efectivamente reciclado.
– También mejoraría la transparencia y podríamos tener más y mejor información sobre la cantidad de envases recogidos y procesados.

Espero haber aclarado algo.

Pues mi pregunta es ¿que pasa con los materiales plasticos que tiramos al amarillo y que no son envases en las comunidades que aun no han actualizado esa normativa? ¿Se recicla igualmente? Porque si es asi, como creo, seguire al margen de la ley

Pues eso… Ni las plantas de clasificación ni los procesos de reciclado se preguntan qué eran antes los residuos. Recuperan y procesan materiales, independientemente de si tenían forma de envase o eran otra cosa. En general si tiras plásticos y metales al amarillo aumentas la probabilidad de que se recuperen para reciclaje.

Por otro lado, la recogida separada de materiales viene contemplada en la Directiva de residuos de 2008.Y debería haberse implantado en 2015.

Quizá el que está fuera de la ley es el ayuntamiento que sigue al servicio del envase de usar y tirar en vez de atender al interés general.

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